viernes, 12 de marzo de 2010

Reflexiones sobre la venta de medicamentos en Internet

Artículo de opinión de Francisco Almodóvar, abogado de Bufete RAM, publicado en http://www.diariojuridico.com/:


Aquí, en http://www.webviagraonline.com/ puedes comprar todas las Viagras que quieras. Vienen desde la India. Venden en todo el mundo. En concreto, no venden la marca Viagra, sino el genérico (Sildenafil). Puedes adquirirlo sin receta. La web está ubicada en Estados Unidos.
En este caso, lo único que puede hacer Pfizer, titular de la marca, es emprender una acción de inactividad del nombre de dominio que incluye el término “viagra on line”. ¿Pero que más puede hacer?

El comercio electrónico nació sin fronteras, aunque poco a poco se vayan poniendo límites, aún quedan muchos espacios neutros donde poder actuar de forma casi impune. El mundo del medicamento no podría ser menos. Aunque el producto es especial y ampliamente regulado, lo que en unas partes del planeta está permitido en otras no.

Internet propone el poder de la autonomía de la decisión del usuario/ciudadano. Ahora bien, para tomar buenas decisiones es preciso que haya una información del medicamento adecuada, actualizada, veraz y responsable. ¿Cuál es mi responsabilidad si compro on line un medicamento, de prescripción en España, a través de una web ubicada en Perú?

Toda. Aunque habría que ver el caso en concreto. Ya que en muchos países la venta de medicamentos on line está permitida, incluso los de prescripción.

Navegando por infinidad de webs que venden fármacos, apreciamos que algunas de ellas ofrecen mucha información sobre el fármaco, aunque no cuentan todas las reacciones adversas (RAM) establecidas en prospectos oficiales. Unas venden en todo el mundo, otras a nivel local. La mayoría garantizan la calidad del producto. Algunas aconsejan preguntar a un médico antes de consumir un medicamento de prescripción. Las más serias, solicitan, antes de proceder a la venta, una receta o una autorización para que un médico, que trabaja para las mismas, autorice y prescriba dicha venta.

Hay de todos los colores. Buenas y malas. Legales e ilegales. Centrándonos en la Unión Europea, fue la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades europeas de 11 de diciembre de 2003, sobre venta por Internet de medicamentos para uso humano efectuada por farmacias establecidas en otro Estado miembro, la que abrió la puerta a la venta de fármacos por Internet. Dicha sentencia, analiza paso a paso diversas cuestiones para determinar si la prohibición absoluta de venta de fármacos por correspondencia, siendo contraria al Derecho Comunitario (principio de libre circulación de mercancías), estaría justificada en determinados casos. Y encuentra razones para limitar dicho principio comunitario en dos concretas excepciones (artículo 30CE): los medicamentos sujetos a prescripción médica, y los medicamentos que aún requiriendo autorización no la hayan obtenido (por tanto, ilegales), en cualquier caso.

En España, vender medicamentos de prescripción médica a través de Internet está prohibido por la Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Hacerlo se considera una infracción tipificada como muy grave. En cuanto a la venta por Internet de aquellos medicamentos que no requieren receta, está pendiente de desarrollar la normativa específica que permita hacerlo garantizando que sólo lo hace una oficina de farmacia autorizada sometida a los controles necesarios. ¿Está prohibido vender, pero comprar?

En la venta de fármacos en Internet también tenemos otro aspecto destacable: la Publicidad de medicamentos. Lo que, por ejemplo, en USA es válido (si a la publicidad medicamentos de prescripción) no lo es en la UE (prohibida su publicidad). Sin embargo, podemos entrar desde España en páginas web de USA, gestionadas por los laboratorios farmacéuticos, y en varios idiomas. Ej.: www.viagraenespanol.com. Titular: Pfizer Inc. La conclusión es clara: Yo, que vivo en España, puedo acceder a una web donde encuentro publicidad e información sobre Viagra, un medicamento de prescripción. Además, pertenece al mismo laboratorio que la comercializa en España.

Lo que más preocupa a la industria farmacéutica sobre la venta de medicamentos por Internet es la pérdida de control sobre sus productos (falsificaciones) y la consiguiente pérdida económica. Lo quieren solucionar con la tecnología RFID. En Estados Unidos ya es obligatoria. En la UE lo será en breve.

El Estado, por otro lado, lo ve como un problema de salud pública (sustancias no autorizadas, no control médico, efectos tóxicos, entre otros).

Tanto la industria farmacéutica como las autoridades de control y supervisión de medicamentos y productos sanitarios (en España, la AEMPS), nunca se han preocupado de elevar el nivel de conocimiento del ciudadano en cuanto a los fármacos que consume. Este aspecto es clave en la venta de fármacos por internet. Si yo dispongo de buena información, podré ejercitar mejor mi derecho a la autonomía en las decisiones que conciernen a mi salud.

Durante mucho tiempo ha habido una venta indiscriminada, con una información terapéutica sesgada, donde el médico ha sido el pivote en el que giraba toda la comercialización y prescripción de fármacos. El siglo XXI, con Internet, entre otros medios de comunicación, rompe barreras, y modifica el actual escenario de salud. Ahora vienen los “madre mía”. No hay una farmacovigilancia efectiva, ya que no hay medios suficientes para realizarla. Es lenta y omite, intencionadamente, mucha información.

Cómo ven, quienes ahora más se preocupan en España por frenar la venta de medicamentos en internet, realizando macro estudios y campañas on line, es la industria farmacéutica y la AEMPS (Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios), dos agentes que en el pasado, y todavía en el presente, no informan al ciudadano ni adecuada, ni actualizada, ni verazmente sobre el mundo del medicamento.

martes, 9 de marzo de 2010

En hemosleido.es: Fluoxetina en el primer mes de embarazo: aumento del riesgo de malformaciones congénitas cardiovasculares

La agencias europeas de medicamentos (pag. 4-5) han evaluado los datos disponibles en la actualidad sobre posible riesgo de malformaciones congénitas cardiovasculares asociado con el uso de fluoxetina durante el primer trimestre del embarazo después de la publicación en 2008 de un estudio multicéntrico, prospectivo y controlado que sugería una posible asociación causal entre las anomalías cardiovasculares en el primer trimestre y la exposición a la fluoxetina.

Por ello se encargó al titular de la autorización de comercialización innovador de fluoxetina un metanálisis de los datos epidemiológicos disponibles sobre el riesgo de malformaciones congénitas y en particular sobre los defectos cardiacos. Tras la revisión de los resultados de este metanálisis, que incluyó nueve estudios, se ha concluido que los datos sugieren que existe un incremento de riesgo de nacimiento con defectos cardiovasculares cuando se utiliza fluoxetina durante el primer trimestre de embarazo.

El riesgo de esta asociación se ha estimado en aproximadamente un 2/100, frente a la tasa estimada en la población general de aproximadamente un 1/100. Se ha considerado que este ligero incremento de riesgo debe valorarse frente al riesgo de no tratar la depresión en el embarazo, por lo que no se ha introducido una contraindicación. En consecuencia, la AEMPS actualizará con esta nueva información las fichas técnicas y prospectos de los medicamentos que contienen fluoxetina.

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